Como resultado del trabajo de investigaciรณn y litigaciรณn ministerial, la ๐น๐ฎ ๐๐ถ๐๐ฐ๐ฎ๐น๐ถฬ๐ฎ ๐๐ฒ๐ป๐ฒ๐ฟ๐ฎ๐น ๐ฑ๐ฒ๐น ๐๐๐๐ฎ๐ฑ๐ผ ๐ฑ๐ฒ ๐ฉ๐ฒ๐ฟ๐ฎ๐ฐ๐ฟ๐๐, a travรฉs de la Fiscalรญa Especializada con sede en Coatzacoalcos, reporta ๐๐ฒ๐ป๐๐ฒ๐ป๐ฐ๐ถ๐ฎ ๐ฐ๐ผ๐ป๐ฑ๐ฒ๐ป๐ฎ๐๐ผ๐ฟ๐ถ๐ฎ ๐ฑ๐ฒ ๐ฐ๐ญ ๐ฎ๐ปฬ๐ผ๐ ๐ ๐ฐ ๐บ๐ฒ๐๐ฒ๐ ๐ฑ๐ฒ ๐ฝ๐ฟ๐ถ๐๐ถ๐ผฬ๐ป contra ๐ฉ๐ถ๐ฐ๐ฒ๐ป๐๐ฒ ๐ก, responsable del delito de ๐ณ๐ฒ๐บ๐ถ๐ป๐ถ๐ฐ๐ถ๐ฑ๐ถ๐ผ ๐ฒ๐ป ๐ด๐ฟ๐ฎ๐ฑ๐ผ ๐ฑ๐ฒ ๐๐ฒ๐ป๐๐ฎ๐๐ถ๐๐ฎ cometido en agravio de la vรญctima identificada con las iniciales M.R.A.
La sentencia fue dictada el 10 de marzo de 2026 dentro del ๐ท๐๐ถ๐ฐ๐ถ๐ผ ๐ผ๐ฟ๐ฎ๐น ๐-๐ญ๐ฑ๐ณ/๐ฎ๐ฌ๐ฎ๐ฑ, durante la audiencia de individualizaciรณn de sanciones y reparaciรณn del daรฑo, luego de que el Tribunal de Enjuiciamiento valorara las pruebas presentadas por el Ministerio Pรบblico y acreditara la responsabilidad penal del agresor.
De acuerdo con las investigaciones, los hechos ocurrieron el 19 de febrero de 2025, alrededor de las 15:30 horas, al interior de un domicilio ubicado en la ๐ฐ๐ผ๐น๐ผ๐ป๐ถ๐ฎ ๐ฃ๐๐ฒ๐ฟ๐๐ผ ๐ ๐ฒฬ๐ ๐ถ๐ฐ๐ผ, en el municipio de ๐๐ผ๐ฎ๐๐๐ฎ๐ฐ๐ผ๐ฎ๐น๐ฐ๐ผ๐ , donde el hoy sentenciado agrediรณ a la vรญctima con un machete, causรกndole diversas lesiones en el cuerpo, tras negarse ella a mantener una relaciรณn sentimental con รฉl.
Tras acreditar plenamente los hechos, el รณrgano jurisdiccional impuso ๐ฐ๐ญ ๐ฎ๐ปฬ๐ผ๐ ๐ ๐ฐ ๐บ๐ฒ๐๐ฒ๐ ๐ฑ๐ฒ ๐ฝ๐ฟ๐ถ๐๐ถ๐ผฬ๐ป sin derecho a beneficios de libertad condicional, ademรกs de la suspensiรณn de sus derechos civiles y polรญticos durante el tiempo de la condena. Tambiรฉn fue condenado al ๐ฝ๐ฎ๐ด๐ผ ๐ฑ๐ฒ ๐น๐ฎ ๐ฟ๐ฒ๐ฝ๐ฎ๐ฟ๐ฎ๐ฐ๐ถ๐ผฬ๐ป del daรฑo, quedando a salvo los derechos de la vรญctima para su cuantificaciรณn en la etapa de ejecuciรณn de sentencia.
Con esta sentencia, la Fiscalรญa General del Estado reafirma su compromiso de ๐ถ๐ป๐๐ฒ๐๐๐ถ๐ด๐ฎ๐ฟ ๐ ๐ฐ๐ผ๐บ๐ฏ๐ฎ๐๐ถ๐ฟ ๐ฐ๐ผ๐ป ๐ณ๐ถ๐ฟ๐บ๐ฒ๐๐ฎ ๐น๐ผ๐ ๐ฎ๐ฐ๐๐ผ๐ ๐ฑ๐ฒ ๐๐ถ๐ผ๐น๐ฒ๐ป๐ฐ๐ถ๐ฎ ๐ฐ๐ผ๐ป๐๐ฟ๐ฎ ๐น๐ฎ๐ ๐บ๐๐ท๐ฒ๐ฟ๐ฒ๐, fortaleciendo el combate a la impunidad y garantizando justicia para las vรญctimas en Veracruz.
