XALAPA, Ver.; febrero 7 de 2018.- La Fiscalía General del Estado (FGE), a través de su representación distrital de la zona centro-Xalapa, obtuvo de la autoridad judicial, una sentencia condenatoria de tres años de privación de la libertad, en contra de quien presentó un documento apócrifo ante un Juez de Control, en audiencia oral.
Fidel “N”, o Herberth Ilch “N” o Carlos Augusto “N” o José Alberto “N” fue sentenciado ante las pruebas fehacientes que la representación del fuero común presentó ante el Juez de enjuiciamiento, quien acreditó el delito de uso de documento falso.
El pasado 28 de julio de 2017, la Fiscalía Regional, obtuvo en audiencia oral la vinculación a proceso de quien se identifica como como Fidel “N” o Herbert “N” o Carlos Augusto “N” o José Alberto “N”, imputado por exhibir como medio de prueba un documento apócrifo.
Los hechos cuya autoría le fue comprobada, tuvieron lugar el pasado 19 de julio del citado año, cuando enfrentaba un proceso penal por la probable comisión del delito de robo a cuentahabiente de institución bancaria.
Una vez capturado y en el transcurso de la audiencia oral, al encontrarse en etapa de presentación y desahogo de medios de prueba, el imputado, a través de su defensa, presentó al Juez de Control un documento que establecía que el día de los hechos que se le atribuían, se encontraba recibiendo una sanción de 36 horas de arresto en la Oficialía Mediadora, Conciliadora, Calificadora Palacio en Nezahualcóyotl, municipio del Estado de México, por alterar el orden público.
Con la finalidad de comprobar la legalidad de dicho documento, se giró oficio al titular de la dependencia que lo expidió, quien validó que el citado escrito era apócrifo, por lo que la autoridad judicial determinó la legalización, imputación y vinculación a proceso del detenido por la probable comisión del delito de uso de documento falso, dentro del Proceso Penal 150/2017 iniciado en su contra.
Una vez acreditadas todas las etapas del proceso penal, el Juez determinó ante la contundencia de las pruebas presentadas por la representación social del fuero común, imponerle una sentencia condenatoria de tres años, siete meses y quince días de prisión.