• Legaliza Juez de Control seis detenciones en flagranciaORIZABA, Ver.; mayo 23 de 2017.- Por realizar acciones consideradas como delitos de orden electoral, fueron detenidas seis personas sedicentes integrantes del Partido del Trabajo (PT), quienes fueron intervenidos en flagrancia cuando realizaban maniobras mediante las cuales descargaban un cargamento de dos mil despensas probablemente destinadas a entregarse a cambio de solicitar el voto a favor del partido que representan.
La detención de Nicolás “N”, Javier Benjamín “N”, Reynaldo Eduardo “N”, Jorge Alfredo “N”, Arnulfo “N” y Olegario “N” tuvo lugar el pasado 20 de mayo del año en curso, en calles de la colonia San Carlos en la ciudad de Orizaba, donde fueron las despensas con productos comestibles, que eran transportadas en un vehículo automotor tipo tráiler con caja seca, lo cual fue puesto a disposición de la autoridad mediante embalaje y Cadena de Custodia.
Al desahogarse la audiencia de control de detención, el Juez valoró las acciones de detención que fueron apegadas al debido proceso; así como la imputación que efectuó la Fiscalía Segunda Investigadora de Delitos Diversos adscrita a la Unidad Integral de Procuración de Justicia (UIPJ) adscrita al distrito judicial con sede en Orizaba, en coordinación con la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales.
En consecuencia, el Juez de Control legalizó la detención y aprobó la imputación de delitos electorales en contra de los seis detenidos, por hechos cometidos en agravio del adecuado desarrollo de la función electoral, con base en el artículo VII que estipula la Ley General de Delitos Electorales, la cual prevé sanción penal para quien solicite votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación, o bien mediante violencia o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma.
Contra los hoy imputados se determinó la aplicación de medida cautelar consistente en pago de garantía económica y presentación periódica ante el juzgado por un lapso de seis meses, según consta en el Proceso Penal 46/2017.